Sujetos obligados
Personas morales y fÃsicas que realicen los actos gravados por la LIVA (enajenación, prestación de servicios, otorgamiento del uso o goce temporal de bienes e importación)
De no tener saldo a cargo o a favor, se presentará a través de la página de Internet del SAT la declaración de información estadÃstica
Fundamento legal
LIVA: artÃculos 2-C, 5
CFF: artÃculo 31
Fecha lÃmite de pago:
A más tardar el dÃa 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.
No obstante, si el último dÃa del pago es viernes o dÃa inhábil, se prorroga el plazo hasta el siguiente dÃa hábil.
Adicionalmente, de conformidad con el sexto dÃgito numérico, se contará con los siguientes plazos adicionales para recibir el pago: Â
Sexto dÃgito numérico de la clave del RFC | Fecha lÃmite de pago |
1 y 2 | DÃa 17 más un dÃa hábil |
3 y 4 | DÃa 17 más dos dÃas hábiles |
5 y 6 | DÃa 17 más tres dÃas hábiles |
7 y 8 | DÃa 17 más cuatro dÃas hábiles |
9 y 0 | DÃa 17 más cinco dÃas hábiles |
El plazo adicional no aplica tratándose de:
 I.     Los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales.
II.     Las sociedades mercantiles que cuenten con autorización para operar como sociedades controladoras o sociedades controladas, en los términos del CapÃtulo VI del TÃtulo II de la LISR.
III.     Los sujetos y entidades a que se refieren las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y XI del Apartado B del artÃculo 17 del Reglamento Interior del SAT.
IV.     Las personas morales a que se refiere el TÃtulo II de la LISR que en el penúltimo ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones normales, cantidades iguales o superiores a cualquiera de las señaladas en la fracción XII del Apartado B del artÃculo 17 del Reglamento Interior del SATÂ
Pequeños contribuyentes
Efectuarán pagos con base en el artÃculo 2-C de la LIVA, aplicando el régimen general, o bien optar pagarlo conforme a la estimación que realice la autoridad fiscal, la cual se podrá ejercer por aquellas entidades federativas que hubiesen celebrado los convenios respectivos. El entero se realizará en los mismos plazos que en el ISR.
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